Estos son algunos de los conceptos básicos con los que tendremos que familiarizarnos:
La superficie construida corresponde al total de la vivienda incluyendo muros, terrazas, galería y zonas comunes ( pasillos de entrada al edificio, etc). La superficie útil no tiene en cuenta terrazas, y zonas comunes.
Los anexos son zonas de servicio adicionales a la vivienda, tales como garajes o trasteros. Pueden ser inseparables de la vivienda, es decir, que no se pueden vender aparte de la vivienda.
La escritura pública es el contrato de compraventa que se firma ante notario. No existe obligación de escrituras la compraventa, pero es conveniente por las siguientes razones: el notario supervisa la venta de forma imparcial, nos permitirá inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad, así como también podremos pedir un préstamo hipotecario usando la nueva vivienda como garantía; y por último, nos dará plena seguridad de que adquirimos la vivienda sin posibilidad de que nadie pueda reclamarla.
Es un oficina que sirve para inscribir y dar publicidad a la propiedad de los bienes inmuebles y de los derechos asociados los mismos. Los documentos que podemos solicitar en el Registro de la propiedad son:
El catastro es un registro administrativo del Ministerio de Hacienda en el que se describen los bienes urbanos y rústicos: características físicas, jurídicas y económicas, entre las que se encontrarán la localización, superficie, uso o destino, la calidad de la construcción,la representación gráfica, el titular catastral,la referencia catastral y su valor catastral.
El Impuesto de bienes de inmuebles es un impuesto del ayuntamiento conocido como contribución. Se calcula teniendo en cuenta el valor catastral de la vivienda.